La clasificación de los vinos españoles, para adaptarse a la normativa europea, se divide en dos grandes grupos: los Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD) y los Vinos de Mesa (VDM).
Ø Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD):
Son los de mayor calidad debido a la exigencia y control que se establece en la producción.
· Vinos con Denominación de Origen Calificada (DOCa)
Los vinos de máxima calidad y además mantenida durante un largo periodo de tiempo:
Que hayan transcurrido, al menos, diez años desde su reconocimiento como Denominación de
Origen
· Vinos con Denominación de Origen Calificada (DOCa)
Los vinos de máxima calidad y además mantenida durante un largo periodo de tiempo:
Que hayan transcurrido, al menos, diez años desde su reconocimiento como Denominación de
Origen.
Se comercialice todo el vino embotellado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona
geográfica delimitada.
Cuente con un sistema de control desde la producción hasta la comercialización respecto a
calidad y cantidad, que incluya un control físico químico y organoléptico por lotes
homogéneos de volumen limitado.
Está prohibida la coexistencia en la misma bodega con vinos sin derecho a DOCa.
· Vinos con Denominación de Origen (DO).
Vinos que proceden de una zona determinada y reglamentada por un Consejo Regulador:
Haber sido elaborados en la región, comarca,localidad o lugar determinados
con uvas procedentes de los mismos.
Además, han de haber transcurrido, al menos cinco años desde su reconocimiento
como vino de calidad con indicación geográfica.
·
y
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